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Cómo crear una empresa · Colombia

Cómo crear una empresa — Colombia (2026)

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Colombia permite hasta un 100 % de participación extranjera en prácticamente todos los sectores económicos, siendo la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) la forma jurídica predominante para la constitución de sociedades; esta no requiere capital social mínimo ni escritura pública, y puede constituirse en línea a través de la plataforma virtual de la Cámara de Comercio. La Ventanilla Única de Inversiones (VUI) coordina los trámites entre la Cámara de Comercio, la DIAN (autoridad tributaria) y el Banco de la República, lo que permite completar el registro básico en un plazo de entre 3 y 7 días hábiles, aunque los inversores extranjeros también deben registrar su capital en el Banco de la República dentro de los plazos establecidos por el control de cambios.

Marco principalLey 1258 de 2008 (régimen SAS); Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 119 de 2017 (régimen de inversión extranjera); normativa cambiaria del Banco de la República; Registro Mercantil de la Cámara de Comercio

Puntos clave

Límites a la propiedad extranjera

Los inversores extranjeros pueden poseer hasta el 100 % del capital social de las empresas colombianas en casi todos los sectores. Las únicas excepciones previstas en la legislación son: las concesiones de televisión en abierto (con un límite del 40 % de capital extranjero), las actividades relacionadas con la defensa y la seguridad nacional, y el tratamiento o la eliminación de residuos tóxicos, peligrosos o radiactivos no producidos en Colombia. Los principios de trato nacional establecidos en el Decreto 1068 de 2015 (modificado por el Decreto 119 de 2017) prohíben las condiciones discriminatorias que favorezcan a los inversores nacionales frente a los extranjeros.

Vehículo preferido: SAS

La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), creada por la Ley 1258 de 2008, es la opción más habitual para los inversores extranjeros. Permite que haya un único accionista (persona física o jurídica), no impone ningún requisito de capital mínimo (el capital puede desembolsarse en un plazo de hasta dos años) y puede constituirse mediante documento privado, sin necesidad de certificación notarial ni escritura pública.

Pasos básicos para la inscripción

Paso 1: Comprobar la disponibilidad del nombre de la empresa a través del RUES (Registro Único Empresarial). Paso 2: Redactar los estatutos sociales. Paso 3: Inscribirse en la Cámara de Comercio local (por internet a través de CCB SAS Virtual o en persona) y abonar las tasas de inscripción y timbre. Paso 4: La DIAN genera automáticamente el RUT (registro fiscal) y el NIT (número de identificación fiscal) tras la inscripción en la Cámara de Comercio. Paso 5: Abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa.

Registro de capital extranjero (Banco de la República)

Los inversores extranjeros deben registrar su aportación de capital ante el Banco de la República de Colombia a través de una entidad financiera local, presentando el Formulario 4 (Declaración de Cambio para Inversiones Internacionales) y el Formulario 11 (Declaración de Registro de Inversiones Internacionales). Este registro debe actualizarse anualmente y constituye un requisito de control de divisas, no una condición para la constitución de la propia sociedad.

Plazo y capital mínimo

El registro básico de la empresa en la Cámara de Comercio y en la DIAN suele tardar entre 3 y 7 días laborables cuando se realiza en línea. No existe un capital social mínimo obligatorio para la SAS. En la práctica, el proceso completo de constitución (incluida la apertura de una cuenta bancaria y el registro del capital en el Banco de la República) tarda, de media, entre 3 y 5 semanas. Un extranjero puede constituir la sociedad a distancia mediante un poder notarial debidamente certificado y apostillado.

Ventanilla única (VUI)

La Ventanilla Única de Inversión (VUI), gestionada por el Gobierno nacional, agrupa en un único portal en línea (vui.gov.co) los trámites relacionados con la constitución de empresas, la migración, la compra de inmuebles, las licencias previas a la puesta en marcha y la contratación de personal, y ofrece orientación en inglés. Por su parte, la Ventanilla Única Empresarial (VUE) agiliza las transacciones comerciales en curso.

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Esta página es una traducción facilitada a título informativo; la versión en inglés es la que tiene carácter oficial y no constituye asesoramiento jurídico.