Pagos digitales y tecnología financiera · Colombia
Pagos digitales y tecnología financiera — Colombia (2026)
Colombia cuenta con un régimen de concesión de licencias claro y vigente para los pagos digitales y el dinero electrónico. Las Empresas Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPE) están autorizadas y supervisadas por la Superintendencia Financiera en virtud de la Ley 1735 de 2014; los sistemas de pagos de bajo valor y la actividad de adquisición están regulados por el Decreto 1692 de 2020; la «finanza abierta» pasó de ser voluntaria (Decreto 1297 de 2022) a obligatoria (Decreto 0368 de 2026), y la red de pagos instantáneos interoperable del banco central, Bre-B, entró en funcionamiento en octubre de 2025. El BNPL, por el contrario, solo cuenta con directrices de supervisión y carece de una normativa específica.
Marco principalSuperintendencia Financiera de Colombia (SFC) y Banco de la República; régimen de la SEDPE (Ley 1735 de 2014), sistemas de pagos de bajo valor y adquisición (Decreto 1692 de 2020), finanzas abiertas (Decreto 1297 de 2022, ahora obligatorio en virtud del Decreto 0368 de 2026) y la red de pagos instantáneos Bre-B.
Puntos clave
La Ley 1735 de 2014 creó las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPE), una licencia específica para la captación de depósitos electrónicos y la realización de pagos y transferencias, autorizadas y supervisadas por la SFC. No pueden conceder crédito y deben mantener los fondos de los clientes en depósitos a la vista en entidades supervisadas o en el banco central; entre los operadores autorizados se encuentran Movii, Coink, Dale!, Powwi, Ding, Global66 y otros.
La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) autoriza, inspecciona y supervisa a las entidades financieras, incluidas las SEDPE y los administradores de sistemas de pago, mientras que el Banco de la República gestiona y supervisa la infraestructura básica de pagos.
El Decreto 1692 de 2020 (por el que se modifica el Decreto 2555 de 2010) reestructuró los sistemas de pagos de bajo valor (SPBV), separando la compensación y la liquidación de la emisión y la adquisición, y abriendo la actividad de adquisición a las entidades de crédito, las SEDPE y una nueva categoría de adquirentes no supervisados sujetos a registro en la SFC.
El Decreto 1297 de 2022 introdujo un marco voluntario de finanzas abiertas (que incluye la iniciación de pagos), y la Circular Externa 004 de la SFC de 2024 definió las normas relativas a las API, la seguridad y la arquitectura; El Decreto n.º 0368 de 2026 hizo obligatorio el Sistema de Finanzas Abiertas para las entidades supervisadas por la SFC.
El sistema de pagos instantáneos interoperables del Banco de la República, denominado Bre-B, entró en funcionamiento el 6 de octubre de 2025 tras una puesta en marcha controlada que comenzó el 23 de septiembre, conectando bancos, monederos electrónicos y proveedores de servicios de pago (PSP) a través de un directorio centralizado de alias (DICE) y un mecanismo de liquidación (MOL), regidos por el comité público-privado CIPI.
El modelo «compra ahora, paga después» está experimentando un rápido crecimiento, pero carece de una normativa específica; la SFC ha publicado directrices de supervisión en lugar de establecer un régimen específico de concesión de licencias, por lo que los proveedores de este servicio operan al amparo de la normativa general sobre crédito al consumo y supervisión financiera.
Esta página es una traducción facilitada a título informativo; la versión en inglés es la que tiene carácter oficial y no constituye asesoramiento jurídico.