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Criptomonedas y activos digitales · Argentina

Criptomonedas y activos digitales — Argentina (2026)

ReguladoÍndice de países 78 · B+

Las criptomonedas son legales en Argentina y ahora están reguladas por un régimen específico para el sector ya en vigor. La Ley 27.739 (2024) sometió los activos virtuales y los PSAV a la competencia de la CNV y al marco de lucha contra el blanqueo de capitales; La Resolución 1058/2025 de la CNV detalla las obligaciones en materia de registro, custodia, ciberseguridad, capital y protección del consumidor, con plazos transitorios para el pleno cumplimiento que se extienden de julio a septiembre de 2025, y las obligaciones del Capítulo III que entrarán en vigor a partir del 31 de diciembre de 2025. Las criptomonedas no son de curso legal, los bancos aún no pueden ofrecer directamente servicios relacionados con ellas (se espera que el BCRA levante esa restricción en 2026) y las ganancias están sujetas a tributación en virtud de los regímenes del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto sobre el Patrimonio, administrados por la ARCA.

Marco principalLey n.º 27.739 (marzo de 2024): define los activos virtuales y los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV), modifica la Ley contra el blanqueo de capitales n.º 25.246 y designa a la Comisión Nacional de Valores (CNV) como organismo de registro y supervisión de los PSAV — aplicada mediante las Resoluciones Generales de la CNV n.º 994/2024 y n.º 1058/2025 (normas de conducta y prudenciales de los PSAV), y n.º 1069/2025, 1081/2025 y 1087/2025 (marco normativo sobre la tokenización). Supervisión en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (AML/CFT) a cargo de la Unidad de Información Financiera (UIF); administración tributaria a cargo de ARCA (antigua AFIP); el BCRA sigue prohibiendo a los bancos ofrecer directamente servicios relacionados con las criptomonedas (norma en revisión para 2026).

Puntos clave

Registro de la PSAV con la CNV

Toda persona física o jurídica —argentina o extranjera— que ofrezca servicios de intercambio, transferencia, custodia o administración de activos virtuales a residentes deberá inscribirse en el registro PSAV de la CNV, creado por la Ley 27.739 y regulado por las Resoluciones Generales de la CNV n.º 994/2024 y n.º 1058/2025.

Normas generales de conducta y prudenciales (RG 1058/2025)

La Norma de la CNV n.º 1058/2025, publicada el 14 de marzo de 2025, establece el capital mínimo, las políticas de seguridad de la información, la segregación de los activos de los clientes (incluidos los activos fiduciarios), los límites al uso propio de los activos de los clientes, los requisitos de ciberseguridad y las auditorías anuales de los sistemas; El capítulo III entró en vigor para las PSAV registradas a partir del 31 de diciembre de 2025.

Lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (AML/CFT): Los PSAV son sujetos obligados

La Ley 27.739 incorporó a las PSAV a la lista de sujetos obligados en virtud de la Ley 25.246 contra el blanqueo de capitales, por lo que las PSAV deben aplicar los procedimientos de «conozca a su cliente» (KYC), las comprobaciones de titularidad real, el seguimiento de las transacciones, la presentación de informes de operaciones sospechosas (STR), el mantenimiento de registros y contar con un responsable de cumplimiento bajo la supervisión de la UIF.

Marco de tokenización

La CNV ha puesto en marcha un régimen específico de tokenización —RG 1069/2025, ampliado por las RG 1081/2025 y RG 1087/2025 (octubre de 2025)— para permitir la emisión y la negociación en el mercado secundario de acciones, bonos corporativos, fideicomisos financieros y fondos de inversión de capital fijo tokenizados bajo la supervisión de la CNV.

Los bancos siguen sujetos a restricciones (aunque la situación está en proceso de revisión)

Desde la Comunicación «A» n.º 7506 (mayo de 2022), el BCRA ha prohibido a los bancos y a los proveedores de servicios de pago regulados ofrecer directamente servicios de negociación, custodia o intermediación de criptomonedas. En diciembre de 2025, el BCRA anunció que permitiría a los bancos ofrecer servicios relacionados con las criptomonedas bajo las condiciones de la normativa contra el blanqueo de capitales y de identificación de clientes (AML/KYC), y se espera que las normas de aplicación entren en vigor en 2026.

Tratamiento fiscal

Las plusvalías de criptomonedas están sujetas al Impuesto sobre la Renta (régimen cedular): un 5 % para las plusvalías denominadas en ARS y un 15 % para las denominadas en moneda extranjera; las tenencias de criptomonedas forman parte de la base imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales (impuesto sobre el patrimonio). La AFIP fue sustituida por la ARCA a finales de 2024 y Argentina se ha comprometido con el CARF de la OCDE (recogida de datos a partir de 2026, intercambio en 2027-2028).

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Esta página es una traducción facilitada a título informativo; la versión en inglés es la que tiene carácter oficial y no constituye asesoramiento jurídico.